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¿Cómo se declaran las criptomonedas en la declaración de la renta?

La ganancia patrimonial se calcula restando al valor de transmisión el valor de adquisición y los gastos inherentes a la operación. A esta ganancia se le aplica el tipo impositivo correspondiente:

-De 0 a 6.000 €, 19%

-De 6.000 a 50.000 €, 21%

-Más de 50.000 €, 23%

-Y en este año 2021 se ha añadido un nuevo tipo del 26% para ganancias patrimoniales superiores a los 200.000 €.


La minería de criptomonedas, se puede considerar como una actividad económica, por lo que las cantidades percibidas se tendrían que declarar en el IRPF como ingresos derivados de la actividad económica. En este caso, se permite deducir los gastos derivados de la actividad.


La venta de un NFT debe estar incluida en el IRPF. Si un artista hace uso de los NFT, estará realizando una actividad económica. Por el contrario, si el autor de la obra es un particular y no ejerce la actividad profesional, estaríamos hablando de una ganancia patrimonial. Por tanto, se trata de una tributación que oscilaría en un tipo de entre el 19 y el 26%.


Aunque quedan pocos días para que acabe el año, si queremos ahorrar el máximo dinero posible en la próxima declaración de la Renta, ahora es el momento de llevar a cabo algunos ajustes, por ejemplo:


Los inversores de bolsa, fondos o criptomonedas tienen la opción de restar las pérdidas o minusvalías que han tenido a las ganancias acumuladas. En caso de haber tenido que vender con pérdidas, pueden deshacer inversiones en positivo y así ahorrarse el porcentaje de entre un 19% y un 26% de la ganancia que se quedaría la Agencia Tributaria.


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