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Las pymes y los autónomos podrán solicitar una moratoria en el pago de sus alquileres



En el Consejo de Ministro del pasado martes, se anunció una importante medida que afectará al pago de los alquileres de pymes y autónomos. En concreto, y según el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicada en el BOE, los autónomos y pymes podrán solicitar una moratoria de hasta 4 meses en el pago de su arrendamiento, siempre que el estado de alarma siga vigente.


Dicha renta se aplazará, sin penalización ni devengo de intereses, a partir de la siguiente mensualidad de renta arrendaticia, mediante el fraccionamiento de las cuotas en un plazo de dos años, que se contarán a partir del momento en el que se supere la situación aludida anteriormente.


Podrán acceder a estas medidas los autónomos y pymes que cumplan con los siguientes requisitos:


  • Estar afiliado y en situación de alta del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el caso de los autónomos.

  • Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la declaración del estado de alarma, que regula el libre movimiento de personas por todo el territorio nacional.

  • Que su facturación se haya reducido un 75 por ciento con respecto a la media de los seis meses anteriores.


Otras medidas destacadas de este Decreto son:


  • Se amplía la cobertura de la prestación por desocupación a los trabajadores despedidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo.

  • Se ajustan las bases imponibles de los impuestos a la situación económica, liberando 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas, en particular pymes y autónomos.

  • Se reduce al 0% el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productores nacionales a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, con un ahorro de más de 1.000 millones de euros.

  • Se reduce también el IVA de los libros, revistas y diarios electrónicos para alinearlo con el aplicable a los de papel.

  • La Línea de Avales del ICO de 100.000 millones de euros permitirá cubrir pagarés de empresa y reforzar las sociedades de garantía recíproca de las Comunidades Autónomas.

  • Se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros porque actúe como reasegurador de los riesgos del seguro de crédito, lo cual reforzará la canalización de recursos para el crédito comercial.

  • Se incrementa el ámbito de aplicación de los ERTOs a causa de fuerza mayor para cubrir caídas significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos.

  • Se prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada.

  • Se reducen los aranceles notariales para la novación de créditos no hipotecarios.


Escribe en los comentarios tus dudas o aclaraciones.


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